El gremio consideró que el eventual fallo sería “nefasto” para el sector empresarial, pues tendría que asumir los beneficios devengados y agregar el nuevo costo en sus proyecciones, lo que les restaría competitividad en el mercado nacional e internacional.
La “prima textil” se reguló en 1944 a través de diferentes decretos supremos, cuyos alcances correspondían específicamente a los trabajadores obreros de las empresas textiles. Sin embargo, en 1991, con el Decreto Legislativo 757 se eliminaron los sistemas de indexación salarial, originando confusión en cuanto a la vigencia de la “prima textil”, pues, aparentemente, había sido derogada en forma tácita.
En este sentido, el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema precisaron que la “prima textil” no había sido derogada y se mantenía vigente. Posteriormente, en el 2009, su vigencia fue ratificada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y solo aplicable a los trabajadores obreros de las empresas textiles.
No obstante, en el año 2010, la Dirección General de Trabajo del MTPE emitió un informe “extendiendo” la “prima textil” -por la vía de la interpretación- a los empleados del sector textil.
La CCL apunta a que esta acción de los funcionarios del MTPE fue anti técnica y se basó en informes con argumentos poco sólidos. Empero, esto decantó en que la “prima textil” se extienda hasta incluir a los empleados de dicho sector, además de considerar a los del rubro de confecciones.
Posteriormente, se emitió el DS 014-2012-TR, cuya norma corrige los informes y resoluciones internas del propio MTPE, precisando que la “prima textil” se mantiene vigente y que tal beneficio solo corresponde a los obreros de las empresas textiles. Originándose un cuestionamiento a través de una acción popular presentada por la Federación de Trabajadores Textiles del Perú y que, en primera instancia, fue declarada infundada por la Corte Superior.
Sin embargo, en segunda instancia, la Corte Suprema dictó recientemente que la primera sentencia no ha sido debidamente motivada y que no había respetado la jerarquía de las normas en materia laboral, declarando así nula la sentencia de la primera instancia, disponiendo que la Corte Superior emita un nuevo pronunciamiento.
Fuente: AP Noticias